¿Se incurre en un delito en caso de que un propietario cambie la cerradura al arrendatario por incumplimiento contractual?
Con todo, la sentencia del 12 de marzo de 2007 de la Audiencia Provincial de Madrid establece que el cambio de una cerradura que impide así el acceso a una vivienda por parte de quien tiene el derecho de acceder (arrendatario), sí que podrá ser calificado como coacción incluso cuando no se haya ejercido violencia física, ya que aquella actividad constituye un acto violento realizado con la finalidad de obligar al perjudicado a que haga algo que no quiere, restringiéndolo.