¿Qué opciones tiene un propietario en caso de no cobrar el alquiler?
Cuando se celebra un contrato de arrendamiento, la principal obligación que asume el arrendatario es la de pagar la renta mensual que se haya pactado, siendo una causa de resolución contractual el impago de la misma.
En caso de que el arrendatario incumpla la obligación de pagar la renta mensual, la ley otorga al arrendador diferentes mecanismos tanto para obligar al deudor al pago de las cantidades debidas, como para permitir que el arrendador resuelva el contrato.
El propietario que se encuentra ante un arrendatario que no paga la renta mensual del alquiler, puede ejercer acciones judiciales en defensa de sus derechos de propiedad y de cobro, pudiendo optar por diferentes alternativas:
– Reclamación de las rentas: Si lo que pretende el arrendador es que el arrendatario pague las rentas que debe, pero no tiene voluntad de resolver el contrato, deberá interponer una demanda de reclamación de cantidades por las rentas que se deban hasta aquel momento, así como las que se meriten con posterioridad a la interposición de la demanda hasta la celebración del correspondiente juicio.
– Desahucio del arrendatario: Si el arrendador quiere recuperar la posesión de la finca sin reclamar las rentas debidas, deberá presentar una demanda de desahucio. El desahucio es aquel procedimiento especial que permite al propietario extinguir el contrato de arrendamiento cuando el arrendatario incumple su obligación de pago de la renta y, consecuentemente, desahuciarlo, sacarlo de la vivienda o local que tiene arrendado. Con esta demanda se consigue que el juzgado dicte una fecha de lanzamiento, momento en que el arrendatario se verá obligado a abandonar el piso o local arrendado.
Es necesario tener en cuenta que hasta que no se produzca este lanzamiento o el arrendatario abandone voluntariamente la finca antes del día referido haciendo entrega voluntaria de las llaves, el propietario no tiene derecho a acceder a la finca.
– Demanda de desahucio con reclamación de rentas: Este es el supuesto que más habitualmente se utiliza, en el que se unen los dos procedimientos anteriores en uno solo, presentando una reclamación judicial en virtud de la cual se solicita tanto que el arrendatario abandone el piso/local arrendado, como que pague las rentas y gastos impagados.
Por último, en caso de que el arrendatario se opusiera a la demanda presentada contra él, se celebraría juicio, y sería el juez quien dictaría la correspondiente sentencia que, en caso de estimar las pretensiones del propietario, condenaría al arrendatario a desalojar la finca (en la fecha fijada en el requerimiento) y a pagar las cantidades debidas más los costes procesales.
Ramió Advocats - Elena Ramió Martín