La crisis sanitaria demuestra por qué un administrador de fincas colegiado (AFC) es vital

Tiempos excepcionales como los vividos permiten valorar la profesionalidad y el compromiso con el bienestar de todos por parte de los administradores de fincas colegiados de Cataluña.

Cuando la desescalada gradual comienza a traer la normalidad a nuestro día a día, es hora de reconocer el trabajo de quienes durante más de dos meses de crisis sanitaria han estado ejerciendo sus responsabilidades, adaptándose a las circunstancias. Es en tiempos complicados cuando realmente se demuestra el valor de contar con un buen profesional como son los administradores de fincas colegiados (AFC), que han estado al lado de sus clientes ofreciendo todos sus servicios de manera telemática para ayudarles a superar del mejor modo las dificultades que han podido surgir durante el confinamiento.

“Los Administradores de Fincas hemos tenido la oportunidad de medir nuestras fuerzas como colectivo profesional, reafirmado nuestro compromiso como prestadores de servicios esenciales y ejerciendo de canales de transmisión directa ante la sociedad y la Administración Pública” explica Anabel Miró, presidenta del Consell de Col·legis d’Administradors de Finques de Catalunya. Sus colegiados han velado por los intereses y la salud de propietarios, vecinos y comunidades con un nivel de compromiso y profesionalidad que han aportado confianza y seguridad a todos. “Desde el primer momento, los AFC han asumido con responsabilidad y rigor su misión, garantizando el buen funcionamiento de todos los servicios comunes en los inmuebles, trasladando las medidas y recomendaciones necesarias para la seguridad de las personas, coordinando y solucionando incidencias, resolviendo dudas y lanzando mensajes de tranquilidad”, destaca Miró.

Por qué mejor un administrador de fincas colegiado (AFC)

Los administradores de fincas ofrecen la más alta calidad de servicio y de compromiso al cumplimiento de las necesidades de sus clientes y que se complementa, por su pertenencia a la organización colegial, con seguros profesionales que otorgan un plus de garantía a los consumidores y usuarios en todas sus actuaciones.

El trabajo de los administradores de fincas adscritos a los tres colegios que conforman el Consell de CAFCAT son el Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida, el de Tarragona y el de Girona; quienes desarrollan una intensa labor siguiendo cinco líneas estratégicas: el seguimiento de un código deontológico que garantice la buena praxis de los colegiados atendiendo para ello a la ciudadanía; la divulgación de la profesión y de la marca profesional; la formación continuada a sus colegiados; la información, trasladando y facilitando la abundante normativa que emana de los poderes públicos, así como los servicios que favorecen su actividad, como por ejemplo y entre otros, el de emisión de certificados electrónicos que tan útil se ha demostrado en esta etapa de tramitaciones virtuales.

Las ventajas de contar con un administrador de fincas colegiado (AFC)

Entre otras, la buena gestión de los edificios implica adoptar las medidas convenientes para conservar los bienes y funcionamiento de los servicios de los mismos, decidiendo incluso las obras de reparación y conservación de carácter urgente.

Otras funciones de gran importancia son las soluciones para controlar los problemas por morosidad, situaciones que habitualmente resuelve con eficacia un administrador de fincas, asesorando sobre cómo debe actuar la comunidad de propietarios ante un vecino moroso, qué pasa si este propietario es un banco, o cómo afrontar que se niegue a cumplir con sus obligaciones de pago.

Morosidad, ocupaciones, accesibilidad, seguros, control de mantenimiento del edificio… son algunas de las situaciones que habitualmente resuelven los administradores de fincas de Catalunya

Otra de sus labores es asesorar a los propietarios cuando se plantean problemas de accesibilidad, proponiendo las distintas soluciones para eliminar las barreras arquitectónicas. También la mediación ante los problemas de convivencia, ruidos o los derivados en casos de ocupación de una finca o inmueble y las dificultades asociadas de seguridad, mantenimiento o desórdenes que se pueden llegar a producir.

Asimismo, informan y asesoran en casos de incidencias que puedan surgir sobre la posible cobertura de la póliza de seguros del edificio y cualquier otra gestión relacionada con las reparaciones necesarias relacionadas con la conservación y mantenimiento del inmueble.

En todos los casos, los administradores de fincas dan la respuesta adecuada, respetando los intereses de todos los implicados, haciéndose cargo de todos los trámites y ajustándose a la legislación a aplicar en cada situación. Los administradores de fincas colegiados, sin duda, son los profesionales en quien confiar cuando se trata de un bien tan importante como la vivienda o gestión del patrimonio inmobiliario.

Estudio global sobre la morosidad en Comunidades de Propietarios 2016

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas ha elaborado este informe sobre la morosidad en las Comunidades de propietarios en España.

Madrid, 20 de Septiembre de 2017.

El Estudio, elaborado por el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas – CGCAFE-, establece que el nivel de impago por morosidad soportado por las comunidades de propietarios disminuyó, en el ejercicio 2016, con un 8,5% respecto al año anterior, alcanzando el importe de 1.665,90 millones de euros, frente a los 1.812 millones de euros de 2015.

Respecto a la morosidad bancaria, ha disminuido el 12,20% alcanzando los 330,80 millones de euros en 2016 respecto de los 376,78 millones de euros de 2015.

Aunque la morosidad baja en todas las Comunidades Autónomas, los mayores descensos se han producido en Melilla (-9,90%), Ceuta (-9,10), Asturias (-9,56); Cantabria (-8,74), Castilla-León (-8,48%); Castilla-la Mancha (-8,20); Andalucía (- 8,05%), Galicia (-8,4%), Madrid (-8,10%), Navarra (-8,29%), y País Vasco -8,86%-. El resto de Comunidades Autónomas ha sufrido un descenso de la morosidad superior al 7%.

Una nueva Ley de Propiedad Horizontal es necesaria para seguir combatiendo la morosidad en Comunidades de Propietarios, porque aunque los datos muestran una disminución de lo que se debe, el 39,9% de las comunidades de propietarios tienen morosos, y el porcentaje de las comunidades de propietarios en las que las entidades financieras tienen pagos pendientes alcanza el 7,29%.

LA MOROSIDAD FRENA LA REHABILITACIÓN Y LA ACCESIBILIDAD A LOS EDIFICIOS.

En el año 2013 entró en vigor la Ley de rehabilitación, regeneración y renovación de espacios urbanos, con el objetivo de fomentar la rehabilitación obligatoria de aquellos edificios que superen los 50 años al llegar al año 2018, rehabilitación que comportaría un importante ahorro energético en los edificios. Rehabilitar un parque de más de 25 millones de viviendas donde la mitad de ellas tiene más de 30 años, y una quinta parte, más de 50 años, es realmente difícil con la morosidad existente.

Los propietarios tampoco podrán asumir las medidas de accesibilidad en los edificios que establece, expresamente, el Real decreto Legislativo 1/2013, del 29 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su inclusión Social, que establece que los edificios existentes deben adecuarse a las condiciones de accesibilidad antes del 4 de diciembre de 2017. Es decir, que a causa de la morosidad aún existente, muchas comunidades de propietarios no podrán rehabilitar ni hacer accesibles sus edificios como estipulan estas normativas, un problema, sin duda, de la máxima incidencia para los ciudadanos y para la mejora del parque inmobiliario.

Recordamos que contar con los servicios de un Administrador de Fincas Colegiado garantiza que todos los trámites y formalidades necesarias cuando hay que hacer una reclamación a un propietario moroso se cumplen.

A continuación un resumen de los datos más representativos:

  • 39,98% de las Comunidades en España tienen morosidad.
  • 16,59% de las Comunidades tienen Entidades bancarias.
  • 1.109€, Importe medio de morosidad en cada Comunidad.
  • 7,29%, porcentaje de comunidades en que las entidades bancarias tienen pagos pendientes.
  • – 8,05%, ha disminuido la morosidad en el 2016.
  • -12,20% ha disminuido la morosidad bancaria en el 2016.

5º Estudio global sobre la morosidad en Comunidades de Propietarios de España

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas ha elaborado el “Informe sobre la morosidad en las Comunidades de Propietarios en España correspondiente a 2015”, a través de un sistema directo de encuesta contestadas por los administradores de fincas colegiados.

De dicho estudio se concluye que el nivel de impago por morosidad soportado por las comunidades de propietarios disminuyó, en el ejercicio 2015, en un 2,32% respecto al año anterior. Se estima que el importe global alcanza los 1.812 millones de euros, frente a los 1.855 millones de euros correspondientes al año 2014.

Respecto a la morosidad bancaria se estima una disminución de un 14,67%, alcanzando los 377 millones de euros, frente a los 445,56 millones de euros de 2014.

RESULTADOS POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Por Comunidades Autónomas los mayores descensos se han producido en Navarra (-4,5%), Islas Baleares (-3,62), Asturias (- 2,8); Murcia (-2,7), Galicia (-2,6); País Vasco (-2,7); Andalucía (- 2,6%), Madrid (-2,5%), Comunidad Valenciana (-2,5%%), Extremadura (-2,5%). Por el contrario, las Comunidades Autónomas donde la morosidad se ha mantenido igual son Cantabria, La Rioja y Ceuta y Melilla. Y en las Comunidades Autónomas donde menos ha descendido ha sido en Aragón (-2%), en Canarias (-2,2); en Castilla- León (-2,4), en Castilla-La Mancha (-2,3%) y en Cataluña (-2,2%).

IMPORTE MEDIO DE LA MOROSIDAD EN CADA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

De los datos analizados se obtiene que el 42,87% de las Comunidades de Propietarios tienen propietarios morosos, siendo el porcentaje de comunidades en las cuales las entidades financieras tienen pagos pendientes del 8,17%. Y el importe medio de la morosidad en cada comunidad de propietarios asciende a 1.377 euros.

Aunque la morosidad bancaria ha empezado a disminuir cabe señalar que el 48,48% de los inmuebles propiedad de los bancos todavía tienen deudas con las comunidades de propietarios.

¿POR QUÉ DISMINUYE LA DEUDA POR MOROSIDAD?

Las razones fundamentales son, además de una ligera mejoría económica, la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal solicitada por los Administradores de Fincas Colegiados para que la deuda por morosidad que se pudiese solicitar fuese del año en curso más los tres años anteriores, y que fue aprobada en la de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Con esta modificación de la normativa se han podido reclamar cantidades importantes a las entidades financieras.

No obstante, la morosidad actual es un importante problema financiero para las comunidades de propietarios, que no pueden realizar las obras de rehabilitación y mantenimiento necesarias por este problema. Además, hay que añadir que el problema de la morosidad enturbia las relaciones vecinales condicionando en ocasiones el normal desarrollo de los asuntos comunitarios.

CONCLUSIÓN

A pesar de la mejora en los datos los Administradores de Fincas Colegiados consideran que sería necesario incidir más en aspectos determinados para dar respuesta al problema de la morosidad. La afección real (parte de deuda que va vinculada a las fincas) debería ser hasta un total de cinco años que es el plazo de prescripción normal. Por este motivo se quiere impulsar una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que de manera que la posible reclamación se extienda a la parte vencida de la anualidad en curso y los cuatro años anteriores.

La venta de los inmuebles con morosidad es una fuente de conflicto permanente entre la Comunidad de Propietarios y el comprador que, en muchas ocasiones, ignora cómo tiene que actuar para conocer si el inmueble que va a adquirir tiene deudas o no. Por ello también se solicita que el certificado de deudas no solo se limite a la deuda líquida, vencida y exigible, sino que se amplíe a las cuotas ya aprobadas en Juntas de Propietarios y que consten en acta, aunque no fueran todavía, en el momento de su solicitud del pago de la deuda, vencidas y exigibles.

Finalmente hay que recordar que contar con los servicios de un administrador de fincas colegiado garantiza que todos los trámites y formalidades necesarias cuando hay que hacer una reclamación a un propietario moroso se cumplen.