5é Estudi global sobre la morositat en Comunitats de Propietaris d’Espanya
El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas ha elaborado el “Informe sobre la morosidad en las Comunidades de Propietarios en España correspondiente a 2015”, a través de un sistema directo de encuesta contestadas por los administradores de fincas colegiados.
De dicho estudio se concluye que el nivel de impago por morosidad soportado por las comunidades de propietarios disminuyó, en el ejercicio 2015, en un 2,32% respecto al año anterior. Se estima que el importe global alcanza los 1.812 millones de euros, frente a los 1.855 millones de euros correspondientes al año 2014.
Respecto a la morosidad bancaria se estima una disminución de un 14,67%, alcanzando los 377 millones de euros, frente a los 445,56 millones de euros de 2014.
RESULTADOS POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Por Comunidades Autónomas los mayores descensos se han producido en Navarra (-4,5%), Islas Baleares (-3,62), Asturias (- 2,8); Murcia (-2,7), Galicia (-2,6); País Vasco (-2,7); Andalucía (- 2,6%), Madrid (-2,5%), Comunidad Valenciana (-2,5%%), Extremadura (-2,5%). Por el contrario, las Comunidades Autónomas donde la morosidad se ha mantenido igual son Cantabria, La Rioja y Ceuta y Melilla. Y en las Comunidades Autónomas donde menos ha descendido ha sido en Aragón (-2%), en Canarias (-2,2); en Castilla- León (-2,4), en Castilla-La Mancha (-2,3%) y en Cataluña (-2,2%).
IMPORTE MEDIO DE LA MOROSIDAD EN CADA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
De los datos analizados se obtiene que el 42,87% de las Comunidades de Propietarios tienen propietarios morosos, siendo el porcentaje de comunidades en las cuales las entidades financieras tienen pagos pendientes del 8,17%. Y el importe medio de la morosidad en cada comunidad de propietarios asciende a 1.377 euros.
Aunque la morosidad bancaria ha empezado a disminuir cabe señalar que el 48,48% de los inmuebles propiedad de los bancos todavía tienen deudas con las comunidades de propietarios.
¿POR QUÉ DISMINUYE LA DEUDA POR MOROSIDAD?
Las razones fundamentales son, además de una ligera mejoría económica, la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal solicitada por los Administradores de Fincas Colegiados para que la deuda por morosidad que se pudiese solicitar fuese del año en curso más los tres años anteriores, y que fue aprobada en la de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Con esta modificación de la normativa se han podido reclamar cantidades importantes a las entidades financieras.
No obstante, la morosidad actual es un importante problema financiero para las comunidades de propietarios, que no pueden realizar las obras de rehabilitación y mantenimiento necesarias por este problema. Además, hay que añadir que el problema de la morosidad enturbia las relaciones vecinales condicionando en ocasiones el normal desarrollo de los asuntos comunitarios.
CONCLUSIÓN
A pesar de la mejora en los datos los Administradores de Fincas Colegiados consideran que sería necesario incidir más en aspectos determinados para dar respuesta al problema de la morosidad. La afección real (parte de deuda que va vinculada a las fincas) debería ser hasta un total de cinco años que es el plazo de prescripción normal. Por este motivo se quiere impulsar una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que de manera que la posible reclamación se extienda a la parte vencida de la anualidad en curso y los cuatro años anteriores.
La venta de los inmuebles con morosidad es una fuente de conflicto permanente entre la Comunidad de Propietarios y el comprador que, en muchas ocasiones, ignora cómo tiene que actuar para conocer si el inmueble que va a adquirir tiene deudas o no. Por ello también se solicita que el certificado de deudas no solo se limite a la deuda líquida, vencida y exigible, sino que se amplíe a las cuotas ya aprobadas en Juntas de Propietarios y que consten en acta, aunque no fueran todavía, en el momento de su solicitud del pago de la deuda, vencidas y exigibles.
Finalmente hay que recordar que contar con los servicios de un administrador de fincas colegiado garantiza que todos los trámites y formalidades necesarias cuando hay que hacer una reclamación a un propietario moroso se cumplen.